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Asesor Inspección Técnico de Obras (AITO) – Dirección de Obras Municipales

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Publicado el: 18 noviembre 2024
I.        DATOS GENERALES DEL CARGO:
Vacantes: 1
Cargo/Puesto:

ASESOR INSPECCIÓN TÉCNICO DE OBRAS (AITO) –
“CONSERVACIÓN DE CALZADAS ETAPA IV – LO ESPEJO”

Área de Trabajo: Dirección de Obras Municipales
 Funciones:
  1. Deberá semanalmente entregar al Director de Obras, una Programación que contemple tanto los días que asistirá a las obras como de las actividades más relevantes.
  2. Evaluar e informar de las diferencias entre los perfiles y los diseños del proyecto.
  3. Evaluar e informar los resultados de las intersecciones de los proyectos de arquitectura, estructura y especialidades.
  4. Recepcionar conforme el trazado del terreno.
  5. Recepción del replanteo de ejes, niveles de arquitectura, excavaciones, rellenos y terraplenes.
  6. Recibir y supervisar que el desarrollo de las partidas se desarrolle conforme al proyecto: colocación del hormigón, cuidados para su fraguado y maduración, distribución de pavimentos y revestimiento pétreos, reparaciones, etc.
  7. Verificar la calidad, acopio, manipulación de los materiales a poner en obra.
  8. Previa comprobación de distribución de las armaduras, verificar la calidad, asentamiento y plasticidad de hormigones estructurales a utilizar.
  9. Analizar y verificar las dosificaciones y materiales a ocupar para el caso de hormigones hechos in situ.
  10. Controlar la toma de muestras de hormigones y suelos, sobre la base de una programación de éstas.
  11. Controlar los resultados de resistencia del hormigón a los 28 días, acorde con NCh-1998 manteniendo una estadística de los resultados.
  12. Coordinar con arquitectos y proyectistas las soluciones rápidas prácticas y convenientes de problemas o mejoras en detalle constructivo sin alterar el espíritu del proyecto.
  13. Coordinar la Recepción Provisoria de la obra, y dar cuenta de la solución al listado de observaciones pendientes por parte de la Empresa Constructora, dentro de los plazos indicados por proyecto.
  14. Verificar y autorizar los Estados de Pago que presente la Empresa Constructora.
  15. Revisar el cumplimiento de los flujos de caja programados.
  16. Controlar el cumplimiento del programa de trabajo y avance por partidas de acuerdo a la Carta Gantt y flujos de la caja comprometida con la oferta y/o sus reprogramaciones.
  17. Mantener el seguimiento al día del estado de las garantías y seguros comprometidos, dando cuenta anticipada de reposiciones o términos.
  18. Dirigir las reuniones periódicas de obra, confeccionando el acta respectiva.
  19. Entregar un informe mensual del estado de la obra. Estos informes deberán contener, a lo menos, una descripción de los trabajos ejecutados en el período, el personal que participó, el tiempo ocupado por cada uno y todo aspecto de interés, tales como investigaciones, ensayos, visitas a terreno, detenciones, antecedentes recibidos y faltantes.
  20. Controlar y fiscalizar el cumplimiento de las medidas y normas de higiene y seguridad, que debe adoptar la Empresa Constructora, para todo el personal que elabora en la faena, sea este propio, de subcontratista o de terceros.
  21. Obtener de la Empresa Constructora y hacer entrega al mandante de los certificados de calidad de materiales ocupados en obra (cumpliendo con lo solicitado en especificaciones técnicas y bases administrativas).
  22. Obtener de la Empresa Constructora y hacer entrega al mandante, de los certificados de recepciones finales otorgados por las empresas y servicios que se requieren (cumpliendo con lo solicitado en especificaciones técnicas y bases administrativas).
  23. Cualquier otra función o tarea que le asigne el Mandante.
  24. No podrá modificar o alterar los proyectos sin el Visto Bueno (VºBº) del Mandante.

Labores a Realizar por la Asesoría en Relación con el Contrato

Las actividades de la Asesoría, atendida la naturaleza de las obras, deberán ser: asesorar e informar por el buen cumplimiento de todos los términos contenidos en el o los contratos de construcción y verificar que éstas se desarrollen en forma compatible con la legislación vigente, con las normas técnicas de la Ingeniería especializada, con las especificaciones correspondientes, y con las normas de seguridad y de protección del medio ambiente, emitiendo una opinión fundada y comprometiéndose responsablemente en la elaboración de la documentación de respaldo que sea necesaria, para gestionar a través de la ITO las autorizaciones, aprobaciones, modificaciones o cualquier acción que demande el o los contratos de construcción, de acuerdo a pautas que entregue la ITO con el objeto de:

Estudiar antecedentes relativos a las Obras.

Llevar registro de las reuniones y otras comunicaciones para la aprobación de los proyectos de desvíos de tránsito y otras coordinaciones de Servicios y entidades estatales tales como Municipios, SEREMITT, UOCT, CONASET, Carabineros de Chile, etc. realizadas por las empresas contratistas.

Estudiar en profundidad cada proyecto y su documentación correspondiente, para dominarlo íntegramente con el objeto de prevenir eventuales inconsistencias, llevando para ello un adecuado control del proyecto durante la ejecución de las obras, debiendo informar oportunamente a la ITO del resultado de esta gestión.

  • Asesorar a la ITO en la revisión y/o desarrollo a nivel de detalle de Ingeniería los perfeccionamientos que sean necesarios a juicio del SERVIU Metropolitano, sin que esto signifique un costo adicional.
  • Asesorar a SERVIU Metropolitano en la interpretación de las diversas cláusulas de los contratos celebrados con la o las empresas contratistas y en apego a las Bases Generales Reglamentarias aprobado por D. S. Nº 236/02 (V. y U.) Bases Generales Reglamentarias de contratación de Obras, e informar sobre cualquier anomalía que se produzca y que altere la buena ejecución de las obras.
  • La Asesoría deberá realizar un análisis crítico de las partidas en ejecución, proponiendo correcciones al proyecto cuando corresponda y evaluando las causas de eventuales problemas en plazo, calidad y/o rendimiento en las obras.
  • La Asesoría deberá prestar a SERVIU Metropolitano servicios del más alto nivel de calidad y simultáneamente velar por el control preciso de los costos de la obra construida.
  • Estudiar en profundidad todo lo referente a seguridad establecido en la Resolución N° 1860 de fecha 14.11.85 (Ministerio del Trabajo y Previsión Social), Ley N° 16.744/68 Sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decretos N° 40/69 (Ministerio de Trabajo y Previsión Social) Sobre Prevención de Riesgos Profesionales y N° 54/69 (Min. Trabajo y Prev. Soc.) que aprueba el reglamento sobre Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.
  • Verificar el cumplimiento por parte de la empresa contratista de dichas disposiciones, respecto de su personal.
  • Además, estudiar las disposiciones contractuales y todo lo referente a protección del medio ambiente.

Disposiciones Administrativas:

1.      Se deja expresa constancia que la labor de Asesoría de Inspección Técnica no constituye en ningún caso dirección ni aprobación parcial o total en la ejecución de las obras por parte del mandante.  Deberá informar por escrito de cualquier modificación propuesta o necesaria de proyecto al Director de Obras Municipales para su evaluación o aprobación si correspondiere.

2.      El avance físico de las obras será controlado por el Asesor de Inspección Técnica sobre la base de los avances acumulados que determina el programa de construcción originalmente presentados por el contratista.  El contratista solo en el caso de aprobarse un aumento de Plazo, podrá presentar una nueva programación de Avance Físico.

3.      El Asesor de Inspección Técnica, revisará los estados de pago, y previo a la autorización de éste, comparará el porcentaje de avance físico acumulado programado con el avance físico real de la obra y procederá si corresponde aplicar las multas correspondientes.

4.      Estos Estados de pagos visados por el Inspector Municipal, deberán ser entregados a más tardar 5 días hábiles después de su presentación con excepción del último en la oficina de la Dirección de Obras para su tramitación interna.

5.      Para la Recepción Provisoria de las obras, el Asesor de Inspección Técnica tendrá la obligación de presentar el libro de obras, donde certifique en la última hoja ocupada, que los trabajos se encuentran completamente terminados y con esto la unidad técnica conformará la comisión de recepción de obras.

6.      El Oferente adjudicado deberá permitir el libre acceso a sus oficinas al Inspector Municipal y funcionarios del Gobierno Regional, o las personas a quienes éstos autoricen por escrito, para la inspección de los trabajos en ejecución. Esta inspección podrá abarcar los aspectos que el Inspector Municipal estime conveniente para evaluar el avance de los trabajos o la calidad de su ejecución.

7.      El Oferente adjudicado queda obligado a efectuar las modificaciones del trabajo en desarrollo que ordene el Inspector Municipal, que no signifiquen una variación del alcance de los servicios contratados y que tengan relación directa con el trabajo originalmente encomendado.

II.        REQUISITOS DE LOS/AS POSTULANTES:
 Nivel Educacional solicitado: Título profesional: Profesionales del área de la construcción (Ingenieros Civiles, Constructores Civiles o Ingenieros Constructores)
 Experiencia solicitada:
  • Acreditar experiencia en Inspección Técnica de Obras, de similar envergadura.
  • Disponibilidad para trabajar en la comuna de Lo Espejo, durante la ejecución del proyecto.
  • Persona natural o jurídica, que no desempeñe funciones en municipios de la Región en calidad de funcionario (que tenga carácter independiente de la modalidad de su contratación).
 Competencias
  • Buen trato
  • Orientación al logro de objetivos
  • Proactividad
  • Responsabilidad
  • Compromiso con la institución
  • Habilidades comunicacionales y empatía.
III.       CONDICIONES DE TRABAJO:
  • LUGAR DE DESEMPEÑO: Dirección de Obras y terreno, según planificación del Proyecto.
  • VIGENCIA DE CONTRATO: 10 meses a partir del 01 de enero de 2025.
  • JORNADA DE TRABAJO (carga horaria): Deberá asistir obligatoriamente cinco veces a la semana a la obra y dejar estampadas sus visitas en el Libro de Obras. Además, deberá asistir cuando la I.T.O. Municipal lo requiera. La asistencia será controlada por quien ejerce la Inspección Técnica Municipal, dejando constancia en el Libro de Obras. El no cumplimiento de esta disposición se sancionará de acuerdo a lo señalado:
  • Por ausencia en la Obra: 0,50 UTM por cada oportunidad en que el Profesional Asesor de Inspección Técnica, no cumpla con la asistencia obligatoria a las obras en media jornada (5 días a la semana) o no asista cuando sea citado por la I.T.O., lo que será consignado en el Libro de Obras por ésta, en cada oportunidad.
  • Por Incumplimiento de Instrucciones Técnicas y/o Administrativas: 0,50 UTM por cada oportunidad en que el Inspector Municipal, reitere en el Libro de Obras, la misma instrucción y ésta no sea acatada por el Asesor de Inspección Técnica.
  • REMUNERACIÓN BRUTA A HONORARIOS: $1.750.000.- Menos 14,5% de retención de impuestos $253.750.- Líquido a pagar: $1.496.250.-
IV.       DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:
  • Curriculum Vitae
  • Certificado de Título
  • Copia Cédula de Identidad por ambos lados (vigente)
  • Certificados que acrediten formación
  • Certificado de antecedentes para fines especiales (antigüedad no superior a 30 días).
V.          CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
40 % Experiencia Profesional.
30 % Estudios y Capacitaciones acordes al cargo.
30 % Conocimiento Técnico.
VI.         CRONOGRAMA:
Publicación y recepción de antecedentes Del 18 al 30 de Noviembre de 2024
Proceso de entrevistas 02 al 06 de Diciembre de 2024
Resultados Una vez realizado todo el proceso administrativo.

 Se considerarán válidas las postulaciones que hayan sido enviadas dentro de los plazos estipulados.

Los/as interesados/as deben enviar todos los antecedentes al correo:

dom@loespejo.cl.