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Dirección de Tránsito y Transporte Público

Director: Roberto Olea Silva
Horario de Atención: 09:00 a 13:30 hrs.
Dirección: Adolfo López Mateos Nº1595
Fono: 22 485 6352
E-mail: transito@loespejo.cl

Es una unidad administrativa superior, encargada de entregar a la comunidad las prestaciones específicas que le determina la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y que se señalan como funciones privativas del municipio, en el ámbito de su territorio y todas aquellas que les sean necesarias para el cumplimiento de sus fines.

Esta Unidad tiene por misión velar por la aplicación de las disposiciones sobre transporte y tránsito público en el territorio comunal, en la forma que determinan las leyes y normas técnicas de carácter general y específico, determinadas por los organismos de la administración pública competentes. Sobre esos fundamentos debe otorgar y renovar las licencias de los conductores de vehículos, velar por el cumplimiento de las normas generales sobre tránsito y transporte público en la comuna, señalizar adecuadamente las vías públicas y favorecer inversiones que consoliden la red vial básica y que mejoren la accesibilidad al territorio comunal así como el desplazamiento de sus habitantes.

 

 

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE TRÁNSITO

 


Jefatura: Christian Hormazábal Lagos
Fono: 22 485 6350
E-mail: gestiontto@loespejo.cl
Horario de Atención: lunes a viernes de 09:00 a 13:30 Hrs.
Lunes a Jueves de 15:00 a 16:30 Hrs.

Tiene como misión contribuir a la optimización del uso de las vías de circulación de la comuna, a fin de permitir un desplazamiento más expedito y seguro para los usuarios de éstas, teniendo entre sus principales funciones:

  1. Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales, en materias de tránsito y transporte público.
  2. Estudiar y proponer medidas de regularización y mejoramiento de los sistemas de tránsito.
  3. Elaborar bases y especificaciones para contratar servicios de mantención de semáforos, señales viales y de provisión de señales y elementos de seguridad vial. Además, debe fiscalizar el cumplimiento de dichas disposiciones.
  4. Coordinar la ejecución de proyectos viales con otras entidades públicas o privadas (MOP-MTT-CONASET).
  5. Realizar y ejecutar proyectos de Infraestructura vial.
  6. Realizar análisis y dar respuesta a requerimientos de la Comunidad (señales viales, reductores de velocidad, estacionamientos, elementos de seguridad vial, etcétera).
  7. Revisar, evaluar y aprobar Estudios de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano, (EISTU) derivados de proyectos públicos o privados. Proyectos de accesibilidad vehicular, de tránsito, etcétera.
  8. Revisar proyectos de señalización y ejecución de trabajos en la vía pública.
  9. Supervisar la operación de los servicios de Transporte Público.
  10. Fiscalizar el funcionamiento y señalización de semáforos, y la infraestructura vial de la comuna.
  11. Verificar la instalación de quioscos en la vía pública, de modo que no afecten al tránsito vehicular o peatonal.
  12. Planificar y controlar programas de mantención de dispositivos de señalización de tránsito.
  13. Estudiar e informar a los organismos pertinentes sobre solicitudes de autorización de estacionamientos, terminales de buses y otros que puedan afectar la circulación.
  14. Responder requerimientos de los Juzgados de Policía Local y del Crimen, en lo que se relaciona con dispositivos de señalización de tránsito en la Comuna.
  15. Coordinar la ejecución de proyectos viales y estudios de impacto vial con entidades internas y externa que la ley determine.
  16. Coordinar y estudiar propuestas de diversos entes externos como Juntas de Vecinos, Carabineros y Organismos Comunales que tengan relación con gestión de Tránsito.

 

DEPARTAMENTO DE PERMISOS DE CIRCULACIÓN

Jefatura: Richard Valenzuela Villavicencio
Horario de Atención: Lunes a Jueves de 09:00 a 17:30 Hrs. / Viernes de 09:00 a 16:30 Hrs.
Dirección: Adolfo López Mateos Nº 1595, Población Santa Olga
E-mail: circulacion@loespejo.cl
Fonos: 22 485 6360 – 22 485 6361.

Pago online:
INGRESE AQUÍ

 

Señor contribuyente:

¿Usted tiene un vehículo fuera de circulación?

Usted puede acogerse a la Ley 18.440

Exención de Pago Anual de Permiso de Circulación. Dirigido a contribuyentes debido a que su vehículo no transitará durante el año.

Requisitos para acogerse a este beneficio:

  • El vehículo debe pertenecer al Registro de Vehículos de la Municipalidad de Lo Espejo o tener su último Permiso de Circulación del año anterior cancelado en este municipio.
  • La fecha de presentación de la declaración es hasta el 30 de noviembre del año en curso.

Documentación necesaria:

  • Llenar Ficha de Solicitud de Declaración Jurada Simple, en el Departamento de Permisos de Circulación o descargarlo desde la página Web.
  • Presentar el último Permiso de Circulación del año anterior cancelado en la comuna de Lo Espejo.
  • Fotocopia del Padrón del vehículo.
  • Fotocopia de la Cédula de Identidad del propietario del vehículo.

Este trámite no tiene costo para el contribuyente y debe ser presentado en el
Departamento de Permisos de Circulación de la Dirección de Tránsito y Transporte Público.
Adolfo López Mateos N°1595, Teléfonos: 22 485 6360 – 22 485 6361.

 

 

FECHA DE RENOVACIÓN DEL PERMISO DE CIRCULACIÓN:

  • Vehículos particulares: automóviles, camionetas, furgones, jeeps y similares, período 1 al 31 de marzo. Pago 2ª cuota, hasta el 31 de agosto.
  • Vehículos de transporte público: buses, taxi buses, taxis y taxis colectivos, en el mes de mayo.
  • Vehículos de carga: acoplados, remolques, maquinaria industrial y agrícola, durante el mes de septiembre.

¿QUÉ HACER EN CASO DE PÉRDIDA DE DOCUMENTOS?

♦ Pérdida Permiso de Circulación

Solicitar duplicado en el Departamento de Permisos de Circulación, con los siguientes antecedentes:

  1. Declaración jurada simple
  2. Cédula de identidad
  3. Padrón.

♦ Pérdida del sello verde

  1. Presentar certificado de revisión técnica que acredite que corresponde el sello verde y cancelar el derecho correspondiente.

CONOZCA LOS TRÁMITES QUE PUEDE REALIZAR EN DEPARTAMENTO DE PERMISOS DE CIRCULACIÓN:


♦ Primer Permiso de Circulación

Requisitos:

  1. Factura de compra del vehículo con copia.
  2. Inscripción en el Servicio de Registro Civil.
  3. Certificado de homologación (si corresponde) y certificado de normas de homologación.
  4. Póliza de Seguro Obligatorio (SOAP) con vigencia hasta el 31 de marzo del año siguiente.
  5. Como es primer permiso de circulación, se cancela íntegramente este, de acuerdo a la Ley N°3.063

♦ Renovación Vehículos Particulares Permisos de Circulación

Requisitos:

  1. Permiso de Circulación año anterior.
  2. Certificado de Revisión Técnica vigente, y análisis de gases.
  3.  Certificado de Emisión de Gases vigente.
  4.  Póliza de Seguro Automotriz Obligatorio (SOAP) Vigente al AÑO 2021. puede ser pagado en dos cuotas, la primera en Marzo y la Segunda en el mes de Agosto
  5.  Tarjeta de Dominio o Padrón, según inscripción en el Servicio de Registro Civil, en el caso de cambio de propietario o cualquier modificación al vehículo (cambio de color, motor etcétera).

♦ Duplicado de inscripción del vehículo que certifique al propietario

Requisitos:

  1. Presentar certificado de inscripción del vehículo que certifique al propietario

♦ Permiso Especial Diario

Requisitos:

  1. Padrón del vehículo y seguro obligatorio (SOAP), se otorgan hasta tres días de permiso en el mes por vehículo.

♦ Placas Patente para Carros de Arrastre

Requisitos:

  1. Declaración jurada ante notario, indicando las características del carro, además de la placa patente, se otorga el padrón

♦ Renovación vehículos de la Locomoción Colectiva.

Requisitos:     

  1. Último permiso de circulación pagado
  2. Revisión técnica al día
  3. Análisis de gases al día
  4. Seguro obligatorio, vigencia al año 2021, puede ser cancelado en dos cuotas , la primera en mayo la segunda cuota en Junio.

♦ Renovación de Sello Verde

Requisitos:

  1. Declaración jurada ante notario, indicando que sucedió con el sello original, este se solicita debido a que es una especie valorada.

♦ Renovación Control de Taxímetro

Requisitos:  

  1. Certificado de la empresa autorizada del control de taxímetro, modificando la tarifa.

 

DEPARTAMENTO DE LICENCIAS DE CONDUCIR

Jefatura: Iris Albornoz González
Fono: 22 485 6356
Dirección: Adolfo López Mateos Nº 1595
Atención al usuario: 22 485 6355 – 22 485 6356 – 22 485 6358
E-mail: licenciaconducir@loespejo.cl

Horario de entrega de números de atención:
De Lunes a Viernes a las 09:00 hrs.

Modalidad de atención:

– De acuerdo al orden de llegada del público, dentro del horario indicado en su citación.
– Para obtener la hora de su control o renovación de licencia de conducir, debe acercarse a la Dirección de Tránsito ubicada en Adolfo López Mateos Nº 1595 y solicitar previamente el día y la hora de su evaluación.
Se entregan 40 números de atención diarios

 

Este Departamento tiene por misión proponer el otorgamiento y control de las Licencias de Conducir solicitadas por los vecinos de la comuna, mantener un adecuado registro de éstas y aplicar los procedimientos que determina la Ley de Tránsito.

Por especificación funcional le corresponderá a esta unidad administrativa la implementación y ejecución de programas, tareas y actividades en los siguientes ámbitos:

Funciones:

  • Otorgar, renovar, suspender y caducar licencias para conducir vehículos, e informar de estos antecedentes al Registro Nacional de Conductores.
  • Solicitar el informe de antecedentes de los postulantes a conductor al Registro Civil.
  • Efectuar el examen práctico de conducción y también de conocimientos teóricos de los reglamentos de tránsito a quienes postulan a obtener licencias de conducir.
  • Registrar los cambios de domicilio de los usuarios en las licencias de conducir, en el archivo comunal del Departamento.
  • Efectuar exámenes psicosensométricos a los postulantes a conductores.
  • Confeccionar informes Técnico-Médico solicitados por los Juzgados de Policía Local u otras reparticiones competentes para hacerlo.
  • Mantener actualizados el archivo y el registro de licencias de conducir.
  • Velar por la buena mantención del instrumental médico especializado del Gabinete Psicotécnico.

REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR

LICENCIAS NO PROFESIONALES:

Primera Licencia: Clase B

* Para conducir vehículos motorizados de tres o cuatro ruedas, para el transporte particular de personas, con capacidad de hasta 9 asientos, o de carga cuyo peso bruto vehicular sea de hasta 3.500 Kgs., tales como automóviles, motocoupes, camionetas, furgones y furgonetas.

  • Poseer Cédula de Identidad.
  • Ser mayor de 18 años.
  • Acreditar Enseñanza Básica, Certificado de Estudios (mínimo 8º año básico aprobado) reconocido por el Ministerio de Educación.
  • Acreditar domicilio en la comuna a través de certificado de hoja de vida del conductor o Registro Social de Hogares.

Primera Licencia: Clase C

* Para conducir vehículos motorizados de tres o cuatro ruedas, con motor fijo o agregado, como motocicletas, motonetas, bicimotos y otros similares.

  • Poseer Cédula de Identidad.
  • Ser mayor de 18 años.
  • Acreditar Enseñanza Básica, Certificado de Estudios (mínimo 8º año básico aprobado) reconocido por el Ministerio de Educación.
  • Acreditar domicilio en la comuna a través de certificado de hoja de vida del conductor o Registro Social de Hogares.

Exámenes a rendir: (Clases B y C)

  1. Examen Teórico
  2. Examen Psicométrico.
  3. Examen Sensométrico.
  4. Entrevista Médica.
  5. Examen Práctico (vehículo requerido para la clase).

CASOS ESPECIALES:

Requisitos Postulantes de 17 años: (Sólo Clase B)

  • Los mismos requisitos anteriores.
  • Autorización notarial de los padres o representante legal, para ser presentado en la Escuela de Conductores.
  • Certificado de Aprobación de Escuela de Conductores (reconocida por el Mintratel), el cual es entregado en la Dirección del Tránsito.
  • Esta Licencia, excepcionalmente, lo habilita solamente para conducir acompañado, en el asiento delantero, de una persona en condiciones de sustituirlo eventualmente en la conducción. De acuerdo a lo establecido en el Art. 115, dicha persona debe tener una licencia que lo habilite para conducir los tipos de vehículos autorizados para la Clase B, cuya vigencia, a la fecha de un control, tenga no menos de 5 años de antigüedad.
  • Cumplidos los 18 años de edad, este último requisito se extinguirá por el solo ministerio de la ley.

 


LICENCIA ESPECIAL

Licencia  CLASE D:

* Para conducir maquinarias automotrices como tractores, sembradoras, cosechadoras, bulldózer, palas mecánicas, palas cargadoras, aplanadoras, grúas, motoniveladoras, retroexcavadoras, traíllas y otras similares.

Requisitos:      

  • Ser mayor de 18 años
  • Saber leer y escribir
  • Haber realizado un curso en una escuela para maquinaria pesada.

Exámenes a rendir:

  • Examen Teórico.
  • Examen Psicométrico.
  • Examen Sensométrico.
  • Entrevista Médica
  • Examen Práctico (vehículo requerido para la clase o, en su defecto, certificado de la empresa en que se desempeña, acreditando que el contribuyente maniobra el tipo de maquinaria a la cual está postulando. También sirve el certificado extendido por alguna entidad especializada, en que se demuestre que el postulante ha realizado un curso especial para el manejo de dicha maquinaria).

Licencia CLASE F:

* Para conducir vehículos motorizados especiales de las Fuerzas Armadas, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones de Chile, de Gendarmería de Chile, del Cuerpo de Bomberos de Chile, no incluidos en las clases anteriores.

Requisitos:

  • Ser funcionario de fuerzas armadas, de carabineros, investigaciones de chile, gendarmería y bomberos, y haber realizado un curso en la entidad correspondiente.
  • Examen Psicométrico
  • Examen Sensométrico
  • Entrevista Médica
  • Debe traer certificado de la Institución donde presta servicios, acreditando que el postulante ha realizado satisfactoriamente los cursos correspondientes a la licencia que solicita.

LICENCIAS PROFESIONALES  A

Transporte de Pasajeros:

  • CLASE A1/A2

*Clase A1: Lo habilita para conducir taxis.

*Clase A2: Para conducir indistintamente taxis, colectivos, ambulancias o vehículos motorizados de transporte público y privado de personas, con capacidad de 10 a 17 asientos.

  • CLASE A3

* Para conducir indistintamente taxis, transporte escolar, ambulancias o vehículos motorizados de transporte público y privado de personas, sin limitación de capacidad de asientos.

Transporte de Carga:

  • CLASE A4/A5

-. CLASE A4: Para conducir vehículos simples destinados al transporte de carga, cuyo peso bruto vehicular sea superior a 3.500 Kilogramos.

-. CLASE A5: Para conducir todo tipo de vehículos motorizados, simples o articulados, destinados al transporte de carga, cuyo peso bruto vehicular sea superior a 3.500 Kilogramos.

Requisitos:

  1. Profesional clases A1/A2/A3/A4/A5 con curso realizado en una escuela profesional para conductores.
  2. Tener como mínimo 20 años de edad;
  3. Acreditar haber estado en posesión de la licencia Clase B durante dos años;
  4. Acreditar, en caso de la Clase A-3, haber estado en posesión, durante a lo menos dos años, de la Licencia Profesional Clases A-1, A-2, A-4 o A-5. Tratándose de la Clase A-5, los postulantes deberán acreditar haber estado en posesión, durante a lo menos dos años, de la licencia profesional clases A-2, A-3 o A-4.

Exámenes a rendir:

  • Examen teórico
  • Examen psicosensometrico
  • Examen médico

 


CONTROLES  SEGÚN LICENCIA DE CONDUCIR

 

LICENCIAS NO PROFESIONALES

Clase: B, C, D, F.

  • Cada 6 años el conductor deberá someterse a un examen psicosensométrico en el Departamento de Licencias, a través del cual se evaluará la idoneidad física y mental del postulante.
  • La idoneidad moral será evaluada por el Director de Tránsito, teniendo a la vista el Certificado de Antecedentes, y la idoneidad física por el médico del departamento. Si la licencia es denegada por idoneidad moral, el postulante puede apelar al Juzgado de Policía Local, y si se denegare por un médico, el afectado tiene la posibilidad de apelar ante el Servicio Médico Legal.

LICENCIAS PROFESIONALES LEY 18.290 (A1-A2, antes del 08 de Marzo de 1997)

  •  Cada 4 años deben someterse a control y realizar examen teórico, sensométrico y psicométrico. Los contribuyentes en posesión de estas licencias. (Según Ley Nº 18.290, modificada por la Ley Nº 20.068 del 15 de diciembre de 2005, lo que aumenta de 2 a 4 años la vigencia de estas licencias).

LICENCIAS PROFESIONALES A LEY 19.495

  • Contribuyentes que hayan obtenido licencia  Clase A1 – A2 –A3- A4- A5, Ley N° 19.495 profesional, Cada 4 años deben someterse a control y realizar examen médico,sensométrico y psicométrico.

DUPLICADO

Entrega inmediata si su licencia de conducir es de la comuna de lo espejo. Si la licencia corresponde a otra comuna, se debe solicitar expediente a comuna de origen, esto se puede tardar de 01 a 30 días hábiles.

Documentos a presentar:

  • Carnet de identidad vigente (o colilla del registro civil)
  • Bloqueo de licencia en el Registro Civil.

 


 

 

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